| Sus Atribuciones |
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I. |
Gernerar las propuestas que contribuyan al cumplimiento objetivos del Consejo. |
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II. |
Constituir las comisiones pertinentes para abordar los temas propios de los objetivos estratégicos del Consejo. |
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III. |
Conocer y aprobar los proyectos de reconmendaciones que presenten las Comisiones. |
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IV. |
Participar en la elaboración, actualización, seguimiento y evaluación del Plan Estatal de Desarrollo, en los términos de legislación vigente. |
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V. |
Elegir a los intregantes de la Mesa Directiva, así como al Secretario General y acordar su remoción en acaso de ser necesario. |
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VI. |
Formular y aprobar su anteproyecto anual de presupuesto de ingresos y egresos, y remitirlo al Poder Ejecutivo, para su consideración en el Presupuestos de Egresos de Estado, de conformidad con la ley de la materia. |
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VII. |
Conceder y aprobar los informes financieros y de ejercicio de gastos semestral y anual presentados por el Presidente. |
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VIII. |
Organizar foros, seminarios, congresos y todo tipo de actos que tengan por objeto promover la participación ciudadana, a fin de conocer sus opiniones y propuestas. |
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IX. |
Solicitar a los titulares de los Poderes, organismos constitucionales autónomos y ayuntamientos, su participación o la de alguno de los serbidores públicos a su cargo, en las sesiones del Consejo. |
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X. |
Elaborar y aprobar el reglamento interior de Consejo, sus modificaciones y todo tipo de disposiciones normativas que contribuyan al buen funcionamiento de éste y las comisiones. |
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XI. |
Presentar un informe anual con carácter de recomendación con respecto a la situación económica y social del Estado. |
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XII. |
Aprobar los actos de traslación de dominio que celebre el Consejo. |
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XIII. |
Las demás que le otorgue la ley. |